DECISION
Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A, formulada por los ciudadanos WILMER JOSE VERA TORRES y NEOLGAN PRAXEDES NAVAS SARMIENTO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad Nros. V-10.349.337 y V-10.865.431, respectivamente, en consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 14 de Diciembre de 2008, por ante el Registro Civil de la Parroquia el Valle, Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 195, asentada en el libro de matrimonios correspondiente al año 2008, asentada en el libro de matrimonios, llevados por dicha oficina.
Expídanse copias certificada.....