DECISIÓN:
Declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por los abogados HÉCTOR JOSÉ DÍAZ y GERARDO TEPEDINO, en su condición de defensores de los ciudadanos FERNANDO ANTONIO HERZ GÓMEZ, contra la decisión proferida por el Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en fecha 01 de febrero de 2007, causa 1C-8617-06, que admitió la acusación presentada por el Ministerio Público, así como las pruebas ofrecidas en dicha acusación; de la misma manera, declaró sin lugar las excepciones opuestas por la defensa. Todo de conformidad con lo preceptuado en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo dispuesto en el literal "c" del artículo 437 eiusdem. Declara inadmisible el recurso de apelación ejercido contra la decisión que declaró ¿sin lugar¿ las excepciones opuestas por la defensa, providencia ésta dictada en fecha 01 de febrero de 2007, causa 1C-8617-06, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 437, literal "c"; .....