V. DISPOSITIVA.
Con fundamento en las consideraciones de hecho ut supra, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Se confirma la decisión de fecha 10 de marzo de 2006, dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, la cual subió a esta Superioridad para su Consulta Obligatoria, de conformidad a lo establecido en el artículo 736 del Código de Procedimiento Civil, sobre la interdicción del ciudadano TULIO GREGORIO VERENZUELA GARCIA, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.679.854 así como la designación de TUTOR DEFINITIVO del entredicho a su hermana, ciudadana ANA VERONICA VERENZUELA GARCIA, titular de la cédula de identidad Nº V-3.843.402, e igualmente al Prot.....