DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Juicio Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Actuando como Tribunal Mixto por UNANIMIDAD, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PRIMERO: PENALMENTE RESPONSABLE, al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA a cumplir la sanción de UN (01) AÑO DE LIBERTAD ASISTIDA, simultáneamente TRES (03) MESES de REGLAS DE CONDUCTA y sucesivamente TRES (03) MESES de SERVICIO A LA COMUNIDAD, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 620, 622, 626, 624 y 625 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por haberse demostrado en el debate Oral y Privado, la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 460 del Código Penal vigente al momento de los hechos, en perjuicio de la ciudadana ARIADNA ELENA FARIÑA LAREZ...