DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
1. SIN LUGAR las cuestiones previas opuestas de conformidad con lo establecido en los ordinales 6 y 11 del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil.
2. CON LUGAR la demanda por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO VERBAL incoada por el ciudadano DONATO DE JESUS DI GUIANPAOLO VALDES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.730.037, en contra del ciudadano ANTONIO SOTO OTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.577.344 y; SE CONDENA a la parte demandada a la desocupación libre de personas y cosas, entregar el mismo en el buen estado en que fue recibido y solvente en el pago de los servicios públicos de los dos (02) galpones propiedad de.....