-III-
-DECISIÓN-
Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Maracay y con Competencia en el estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se OYE EN AMBOS EFECTOS EL RECURSO DE APELACIÓN, ejercido por la ciudadana María Josefa Vilar, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.030.389, inscrita en el instituto de previsión social del abogado bajo el N° 34.880, actuando con el carácter de Apoderada Judicial de Promotora 26, C.A., sociedad de comercio domiciliada en Valencia, estado Carabobo, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, el día 17 de abril de 2007, bajo el N° 41 tomo28-A.