Este Tribunal imparte su HOMOLOGACIÓN dándole autoridad de cosa juzgada en lo relativo al reconocimiento del contenido y firma del documento privado objeto del presente juicio, que riela al folio 04, suscrito por el ciudadano ROBERT ALBERTO GARCIA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-6.221.150 y de este domicilio, y los ciudadanos CARMEN CRISTINA GONZALEZ DE GARCIA Y RAMON JOSE GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-2.065.269 y V-1.462.447, respectivamente y de este domicilio; cabe destacar que la presente homologación solo abarca el reconocimiento hecho por las partes de la firma y el contenido del documento privado objeto del presente juicio. Se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y así se decide.