De la trascripción parcial de la sentencia supra comentada, se desprende de la misma el procedimiento a seguir cuando se pide la nulidad de un acto administrativo.
Ahora bien, por cuanto es potestad de los jueces procurar la estabilidad en los juicios evitando o corrigiendo cualquier falta u omisión que pueda anular cualquier acto procesal, así como también garantizar el debido proceso y el derecho a la defensa, norma esta prevista en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y por cuanto las sentencias dictadas por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia son Vinculantes y de estricto cumplimiento por parte de los Tribunales en todo el territorio Nacional, es por ello, que se ordena se cumpla en la presente causa el procedimiento ordenado por dicha sala, y en consecuencia, se repone la presente causa al estado de que se dicte nuevo auto de admisión, declarándose la nulidad de todo lo actuado en el presente expediente a partir del au.....