En consecuencia, se HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES dándole efecto de Cosa Juzgada, se declara concluido el presente procedimiento y una vez conste en autos la materialización de los pagos acordados, se procederá a ordenar el cierre informático y el archivo del expediente. Asimismo, se homologa el desistimiento del procedimiento realizado por la representante judicial de la parte actora con respecto a las co-demandadas Distribuidora Disney, C.A. e Inversiones Le Club, C.A., toda vez que de autos se desprende que también se encuentra ampliamente facultada para ello. CÚMPLASE Y DÉJESE COPIA. Años: 202° y 154°.
La Juez,
Abg. María Mercedes Millán
El Secretario,
Abg. Orlando Reinoso