Dada, firmada y sellada en la sede del Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 203° de Independencia y 155° de Federación. En Maracay a los veintidos (22) días del mes de Abril del año 2014. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.