Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
1.- SU COMPETENCIA para conocer el recurso contencioso administrativo funcionarial incoado por la abogada Marisela Cisneros Añez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 19.655, actuando en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano Acevedo Saul, contra la Policía Metropolitana del Distrito Capital, adscrita ab intio a la Alcaldía Metropolitana de Caracas, y posteriormente a la República Bolivariana de Venezuela por órgano del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia.
2.- INADMISIBLE la querella funcionarial interpuesta, en los términos expuesto en la motiva.
Publíquese, regístrese y notifíquese la Procuradora General de la República de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97 del Decreto c.....