V
DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: CON FUERZA EJECUTORIA en el territorio nacional, la sentencia de divorcio dictada en fecha 21 de septiembre de 2011, por el Juzgado de 1ª Instancia Nº 79 Madrid, que declaró disuelto el vinculo matrimonial entre el ciudadano JUAN MANUEL CEDEÑO RINCÓN y la ciudadana MARÍA GABRIELA ARMAS BERMUDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-13.465.805 y V-16.285.043, respectivamente.
Déjese copia certificada de la presente decisión en el Copiador de Sentencias de este Tribunal.