Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio de conformidad con lo previsto en el artículo 185 del Código Civil, y en lo sentando en la sentencia de carácter vinculante dictada por el Máximo Tribunal de la República de fecha 2 de junio de 2015, número 693, expediente número 12-1163, presentada por los ciudadanos RAFAEL ENRIQUE SIVIRA CAMEJO y EMILY AYARI ALMEIDA SOLORZANO titulares de las cedulas de identidad V-20.769.171 V-24.461.320 respectivamente, asistidos por el abogado MOISES CISNEROS, IPSA 254.970. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo Conyugal que contrajeron por REGISTRO CIVIL MUNICIPIO RIBAS PARROQUIA ZUATA DEL ESTADO ARAGUA, según Acta N°026, TOMO I, FOLIO 26, AÑO 201.....