declara: PRIMERO: INCOMPETENTE, para conocer el presente RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO CONJUNTAMENTE CON ACCION DE AMPARO CAUTELAR, intentara la ciudadana CERYOL GABRIELA VILLARROEL RODRIGUEZ, en contra del INSTITUTO UNIVERSITARO DE TECNOLOGÍA CARIPITO y DECLINA SU COMPETENCIA al Tribunal Superior Quinto Agrario y Civil Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental; SEGUNDO: Con fundamento en el contenido del artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, déjese transcurrir el lapso allí previsto, y transcurrido como sea mismo, sin que se ejercite el recurso previsto, se declarara firme la sentencia, remitiéndose el presente expediente al Tribunal Superior Quinto Agrario y Civil Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental