UNICO: Se declara NO CULPABLE al ciudadano CARLOS EDUARDO ROMERO MORALES, venezolano, de 24 años de edad, por haber nacido el 05-10-1984, soltero, titular de la cédula de identidad N° 17.353.055, natural del Estado Aragua, hijo de Maura Morales (v) y Diego José Romero (v), domiciliado en la Vía Principal de la Toscana, Barrio Bolívar, Estado Monagas, del delito de VIOLACION, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 374 del Código Penal en concatenación con el artículo 218 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en perjuicio de la niña (MENOR DE EDAD), en razón de insuficiencia probatoria; todo ello en base al análisis probatorio realizado y con atención al resultado de la ausencia de una prueba fundamental, como es la declaración de la presunta víctima del mencionado delito, ya que no se pudo tener certeza de los hechos que presuntamente sucedieron el 08 de Junio de 2005.-
No se CONDENA en costas al Estado Venezolano, en razón de que había.....