Visto el contenido del acuerdo transaccional presentado KATIUSKA CHIRINOS venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.786.623, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 94.267 actuando como apoderada judicial de la entidad de trabajo FÁBRICA FESTA CENTRO, S.A. y JEFFERSON ADRIAN PERALTA ESCALONA venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 22.033.332 debidamente asistido por el abogado en ejercicio CANDIDO JESÚS ESCUELA MÉNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.270.388, inscrito en el instituto de previsión social del abogado bajo el Nro. 203.226 mediante la cual y haciéndose reciprocas concesiones alcanzan acuerdo por la cantidad de cinco mil quinientos cuarenta y un bolívares con sesenta y cutro céntimos (Bs. 5.541,64) que se entrega en cheque Nro. 36591729 emitido contra la cuenta corriente Nro. 01750024440000052633 del Banco Bicentenario, este TRIBUNAL CUARTO DE PRIM.....