Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano MANUEL DE FARIA, asistido por el abogado LUÍS MANUEL SILVA, contra Alcaldía del Municipio Libertador, Distrito Capital, todos suficientemente identificados en la parte motiva del presente fallo.