SE DECRETA la PRESCRIPCION DE LA ACCIÖN PENAL en consecuencia se decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, del presente asunto seguida al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, anteriormente identificado, por PRESCRIPCION DE LA ACCIÖN PENAL, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el Artículo 42 de la ley Orgánica Sobre el Derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia., de conformidad con lo establecido en los artículos 615, 561 literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, en concordancia con los artículos 318 ordinal 3° y 48 ordinal 8° ambos del Código Orgánico Procesal Penal