DECISION
Por todo lo antes expuesto éste Juzgado del Municipio Caripe de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, imparte justicia y declara CON LUGAR LA DEMANDA QUE POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN ha incoado la ciudadana MARÍA ELIZABETH MALAVÉ MARTÍNEZ, en representación de su hija (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE), contra el ciudadano CARLOS RAMÓN MACHADO, todos plenamente identificados. En consecuencia se condena al demandado a cancelar a la parte actora las mensualidades vencidas por concepto de obligación de manutención para la niña (SE OMITE), contadas a partir del mes de Marzo del año 2008, hasta la fecha de presentación de la presente demanda, más las cantidades que sigan venciendo hasta que solvente la deuda; más los intereses moratorios a la rat.....