Por todos los razonamientos antes expuestos, y en aplicación de normas legales y de la jurisprudencia de nuestro máximo Tribunal, este JUZGADO DECIMO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de La Ley, declara:
PRIMERO: Que carece de jurisdicción frente a los Órganos de la Administración Pública Nacional, para conocer y decidir la solicitud de calificación de despido interpuesta por el ciudadano NESTOR ACOSTA RODRIGUEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-8.788.180, contra la sociedad mercantil "CONSTRUCTORA AMARANTA, C.A.".-
SEGUNDO: Que la presente decisión se somete a consulta obligatoria, por ante la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, a quien se ordena remitir una vez hayan transcurridos los lapsos de Ley, suspendiéndose el proceso tal como lo establece el artículo 62 del Códi.....