D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PROCEDENTE la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento formulada por los ciudadanos NELSON LUIS MARQUEZ MONZANT y CAROLINA SANDIA PIRES, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-12.589.575 y V-10.455.844 respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día once (11) de marzo del año mil novecientos noventa y cuatro (1994), por ante el Registro Civil del Municipio Santiago Mariño, Turmero del Estado Aragua, según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio bajo el Nº 43, folio 43 , tomo 1 del año 1994.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Dada,.....