DECISION
En atención al razonamiento antes expuesto, considera quien decide que la presente acción de amparo constitucional debe ser declarada inadmisible y así se decide.
Por las razones antes expresadas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República y Por autoridad de la Ley, se declara INADMISIBLE la presente acción de Amparo Constitucional intentada por ORANGEL ALVAREZ, DAMARIS CARRERO, CARMEN CONTRERA, ADELYS CORRALES, GREISYS FLORES, JUAN FLORES, ESMARLY GALICIA, MELISSA GARCIA Y OTROS CONTRA JOSELYN HERNANDEZ, CARLOS INFANTE y JOSE MARIN.
Comuníquese, Regístrese y Publíquese.
Dada, firmada y Sellada en la Sala de Audiencia del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Maracay, a los veintidós (22) días del mes de Octubre de 2008. Años 198° de la Independencia y 149.....