Este Tribunal Tercero en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se admite PARCIALMENTE la acusación presentada, por la Fiscalía Octava (08°) del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del estado Aragua Estado Aragua en fecha 29/10/2009, en contra del ciudadano JOSE GABRIEL REYES BAEZ, Titular de la Cedula de Identidad N° V.-17.226.801, por la presunta comisión del delito de de ROBO AGRAVADO, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los artículos 458, 277 y 218 del Código Penal, así como la subsanación realizada en este Acto por la representación Fiscal, todo ello, de conformidad con el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se admiten los medios probatorios ofrecidos por la representación Fiscal, por cuanto los mismos son útiles, l.....