PRIMERO: Con Lugar la apelación interpuesta por la empresa INVERSIONES HERNANDEZ BORGES C.A. (INHERBORCA), contra la decisión dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y en consecuencia queda revocada dicha decisión.
SEGUNDO: Sin Lugar la demanda de daños y perjuicios incoada por la Sociedad Mercantil PROMOTORA 204, C.A., en contra de la Sociedad Mercantil INVERSIONES HERNDANDEZ BORGES, C.A., (INHERBORCA).
TERCERO: Queda revocada la decisión dictada en fecha 29 de junio de 2006 por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, queda REVOCADA en todas y cada una de sus partes.
CUARTO: De conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte actora.