las partes conjuntamente con la juez, llegan a un acuerdo satisfactorio para ambos, en los siguientes términos la representación de las demandadas, hace un ofrecimiento a la representante del actor consistente en la cantidad de OCHO MILLONES DE BOLIVARES, pagaderos en este momento, cantidad esta que cubre todas y cada uno de los conceptos que por prestaciones sociales demando el actor, ofrecimiento este aceptado por la representación del actor por lo que ambas parte con la finalidad de poner fin a demanda que por cobro de prestaciones sociales incoara el ciudadano LUIS MANUEL RONDON GARCIA, , antes identificado contra la SOCIEDAD DE COMERCIO BELLOTA VENEZUELA, C.A. solicitan la homologación del acuerdo y por consiguiente el cierre y archivo del presente asunto. Ahora bien la ciudadana jueza una vez visto y oído el acuerdo y presenciado la entrega de cheque Girado contra el Banco Mercantil signado con el numero 17097725 a nombre del trabajador por la ca.....