Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de suspensión de los efectos solicitada por la abogada Gregoria Jacqueline Sánchez Bracho, Inpreabogado Nº 42.271, actuando como apoderada judicial de la sociedad mercantil "J.D.M.L SEGURIDAD INTEGRAL, C.A.", contra la Providencia Administrativa Nº 154-09, dictada en fecha 26 de marzo de 2009 por la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital Municipio Libertador (Sede Norte), contenida en el expediente número 023-08-01-01499, nomenclatura de esa Inspectoría, mediante la cual declaró SIN LUGAR la solicitud de calificación de faltas incoada por la referida sociedad mercantil, contra el ciudadano Jesús Gregorio Piñango Esté, titular de la cédula de identidad Nº 9.933.866.