Por todo lo cual, este Tribunal Superior Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua-sede Maracay, PRIMERO: corrige el error material involuntario de trascripción contenidos en la sentencia dictada por este Tribunal, en fecha 19 de mayo de 2011, en tal sentido donde SE LEE, "(...) ANTONIO TOMASSONE SPINETI, quien es Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.221.568 (...)" DEBE LEERSE: "(...) ANTONIO TOMASSONE SPINETI, quien es Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.211.568 (...)".Téngase la presente corrección como parte integrante de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 19 de mayo de 2011, en el asunto signado con las letras y números DP41-T-2010-000052, contentivo de la solicitud de Exequátur, presentada por la ciudadana: CARMEN ELENA FUNES CAMPOS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V.-9.641.020. SEGUNDO: declara IMPROCEDENTE la solicitud .....