Se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ciudadano SANCHEZ EDGAR ANTONI, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.783.043., ni por si ni por medio de apoderado alguno, así como tampoco compareció la demandada Ciudadano GUTIERREZ EDGAR MANUEL, venezolano, mayor de edad, cedula de identidad V-3.748.492; ni por si ni por medio de apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.