ste Tribunal Penal en función de Sexto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena, conforme al Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, a los ciudadanos WILLIAMS JOSE PACHECO OSPINO, de nacionalidad VENEZOLANA, natural de MARACAY, ESTADO ARAGUA, nacido el 10-12-1993, de 23 años de edad, estado civil SOLTERO, de profesión u oficio OBRERO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-23.629.962 y residenciado BARRIO LOS HORNOS, SECTOR 3, CALLE YARACUY, CASA N° 93, PALO NEGRO, ESTADO ARAGUA, TLF. 04125325071, a cumplir la pena de CUATRO AÑOS Y SEIS MESES DE PRISIOM, mas las penas accesorias previstas en el Código Penal, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR y USO DE FACSIMIL DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los Artículos 5 y 6 Numerales 1°, 2° y 3° de la Ley Sobre el Hurto y R.....