DECISIÓN:
En base a los fundamento de hecho y de derecho antes expuestos, este administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley y dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se decreta la aprehensión como Legitima, ya que indudablemente pesa sobre orden de aprehensión. SEGUNDO: Se acuerda la DECLINATORIA DE COMPETENCIA al Tribunal Quinto de Control de San Juan de los Morros estado Guárico, mediante Oficio N° 2553-17 de fecha 02-06-17. TERCERO: Se acuerda mantener la Medida Privativa de Libertad, de conformidad con los artículos 242 ordinal 9° del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en estar atento del proceso en el tribunal requerido. CUARTO: se acuerda remitir las actuaciones al Tribunal Quinto de Control de San Juan de los Morros estado Guárico. Líbrese lo conducente. Es todo. Regístrese, Diarícese y déjese constancia en el libro diario de la presente decisión.
LA JUEZ,
ABG.ANA M ARIA BLANCO SANDOVAL
LA SECRETA.....