Ahora bien, vista la aceptación voluntaria del experto designado, al momento de la aceptación del cargo para el cual fue designado como experto contable, sin que ni el alguacil hubiere consignado aun la boleta de notificación, así como el plan de trabajo, y la rapidez con la que elaboró el informe de experticia y facilidad que tubo, y, siendo deber de los Jueces y Juezas, establecer el monto de los honorarios de los auxiliares de justicia en este caso de la experta contable; en consecuencia, considera quien decide, que los emolumentos que han de corresponderle al ciudadano CARLOS JOSÉ LARA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 10.838.171, Contador Público, colegiada bajo el N° C.P.C 42.206, en su condición de Experta Contable, generados por la actuación que desplegará como auxiliar de justicia en la presente causa y aplicando el procedimiento previsto en la precitada ley, es la cantidad de Bs. 5.500,00, los cuales se fijan y se establecen, aplicando el pro.....