Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en función de Séptimo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena, conforme al Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano DANIEL ALEJANDRO LUNA ESCOBAR, titular de la cedula de identidad N° V-25.618.242, Venezolano, de estado civil Soltero, de 28 años de edad, fecha de nacimiento 13-05-1994, residenciado en: Guacamaya, callejón 93, casa numero 1-2, la victoria, Estado Aragua, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS PRISIÓN, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 227 del Código Penal Vigente, pena ésta que habrá de cumplirse en la forma y condiciones .....