Con todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO de la causa seguida contra el ciudadano JUAN GUALBERTO PEREZ GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.289.595, y domiciliado al final de la calle Guaicaipuro adyacente al Banco de Venezuela Caripito Estado Monagas, por cuanto el hecho no se realizó en relación del adolescente ENDRY HIDALGO, y por prescripción y extinción de la acción penal en relación al adolescente JUAN RAMON AMUNDARAI, de conformidad con lo establecido en los ordinales 1° y 3° del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 48 ordinal 8° ejusdem y 108 ordinal 6° del Código Penal, por la presunta comisión de los delitos de LESIONES CULPOSAS LEVES, .....