DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara sin lugar la apelación interpuesta por el abogado EDGAR RAMÓN FRANCO GONZÁLEZ, en su condición de defensor privado del ciudadano ALFONSO RAFAEL VELÁSQUEZ GUTIÉRREZ, contra la decisión proferida por el Juzgado Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en fecha 02 de noviembre de 2006, en el cual dictó sentencia condenatoria al ciudadano ALFONSO RAFAEL VELÀSQUEZ GUTIÈRREZ, que lo condenó a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 del entonces Código Penal (ahora artículo 405 del vigente Código Penal), más la accesorias de ley previstas en el artículo 13 eiusdem, cometido en perjuicio d.....