declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la oposición formulada por los abogados Arlette Geyer Alarcón, María Beatriz Araujo, Richard Peña, Nayibis Peraza, Roger Zamora y Michelle Barberi, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 84.382, 49.057, 105.500, 104.933, 131.049 y 146.803, respectivamente; actuando en su condición de apoderados judiciales del municipio Chacao del estado Bolivariano de Miranda, contra la decisión de fecha 5 de agosto de 2013, que declaró procedente la medida de amparo cautelar solicitada.
SEGUNDO: RATIFICA la medida de amparo cautelar solicitada por los abogados Lorena Lemos, Penélope Rodríguez, Nelmarys Marrero, Ana Carolina Martins, Juan Carlos Lander y Humberto Gamboa León, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 92.666, 97.349, 140.398, 130.081, 46.167 y 45.806, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil Constructora Evens, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo del Distrito Capital y Estado Mira.....