PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA, de Suspensión de la ejecución voluntaria y/o forzosa de la sentencia Definitiva dictada por el Juzgado Quinto De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas De los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry De La Circunscripción Judicial Del Estado Aragua, con sede en Maracay, en fecha Diecisiete (17) de Noviembre del año dos mil veintitrés (2.023), en el Expediente signado con el Nro. 1753-22 nomenclatura interna llevada por ese juzgado, relacionado con juicio por ACCION REIVINDICATORIA interpuesta por la ciudadana EDISD DOLORES PEREZ contra la ciudadana LUCIA GUADALUPE LOPEZ, supra identificados en el encabezado del presente fallo; sobre un lote de terreno y las bienhechurías sobre el construidas ubicado en la Segunda calle, N° 22-B, Sector Las Mayas, El Limón, Municipio Mario Briceño Iragorry, Maracay, estado Aragua; hasta la sentencia definitiva que resuelva el mérito de la presente acción de Amparo Constitucional