D E C I S I Ó N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, formulada por los ciudadanos, , MARIA VICTORIA PEREZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.884.219 y LEONARD MANUEL SEQUERA GARCIA, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.066.598, asistidos por la profesional del derecho, MILAGROS GUZMAN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 189.300, con correo electrónico: milaguz321@gmail.com y número de teléfono: 0414-463-3418, en consecuencia, se declara DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día dos (02) del mes de noviembre del año dos mil doce .....