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DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la solicitud de Divorcio 185 del Código Civil, adminiculado a la Sentencia Nº 693, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 2 de Junio de 2014, presentada por los ciudadanos WALTER SIMON CEDEÑO TORRES y AURA DAVILA MOLINA, identificados con las cedulas de identidad Nros. V-11.808.645 y V-14.264.973 respectivamente, en consecuencia, queda disuelto el vínculo conyugal contraído en fecha 22 abril del 1995, por ante el Registro Civil de la Parroquia Tocuyito, Municipio Valencia del estado Carabobo, según se evidencia de Acta Nº 166, Tomo I, año 1995, asentada en los libros de matrimonios llevados por ante el mencionado Registro.
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