DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación que antecede, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: Se declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado JOSÉ IGNACIO ESCALANTE MORA, en su carácter de defensor privado del adolescente (identidad omitida, artículo 65 LOPNA), contra la decisión dictada por el Juez Segundo (en función de Control) del Tribunal de Primera Instancia de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, de fecha 30 de noviembre de 2004, donde acordó el enjuiciamiento del referido efebo. SEGUNDO: Se confirma la decisión referida ut supra.
Regístrese, notifíquese, déjese copia y remítase la causa al Juzgado correspondiente.
EL MAGISTRADO PRESIDENTE DE LA SALA
Dr. SERGIO PÉREZ SAYA
LA MAGISTRADA DE LA CORTE
Dra. FABIOLA COLMEN.....