DECISION
Por las razones y motivos anteriormente expuestos este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, actuando en sede constitucional, administrando justicia y por autoridad de la Ley declara: INADMISIBLE LA ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL AUTONOMA intentada por la ciudadana MORAYMA DEL ROSARIO JIMÉNEZ TABARES, titular de la cédula de identidad número V-10.753.970 contra la Empresa MERCADO DE ALIMENTOS, C.A. (MERCAL).- ASI SE DECIDE.-
PUBLIQUESE Y REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE SENTENCIA PARA SER AGREGADA AL CUADERNO RESPECTIVO.-
Dado, firmado y sellado en el Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio Del Trabajo Del Circuito Judicial Laboral De La Circunscripción Judicial Del Estado Aragua, Maracay, a los veintitrés (23) días del mes de febrero de dos mil o.....