Por los razonamientos que anteceden este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil y los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara: ADMISIBLE el Recurso de Casación, anunciado por el abogado YAMIL ALEJANDRO BERMUDEZ, abogado en ejercicio, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 243.098 y de este domicilio, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, ciudadano AMADEU ARIAS SIMOES LABRINCHO, extranjero de Nacionalidad Portugués, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad NºE-635.527 y de este domicilio, interpuesto en fecha Once (11) de Febrero de 2021, en contra de la sentencia dictada por este Órgano Jurisdiccional, en .....