En mérito de las anteriores consideraciones, esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y teniendo por Norte el Interés Superior del adolescente: ALISKAIR MAESTRE GALVIZ, previsto en el Artículo 8 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente DECLARA CON LUGAR la solicitud de Aumento de Obligación Alimentaria intentada por la ciudadana MAYRA SOLYMAR GALVIZ PAEZ en contra del ciudadano ALISKAIR MAESTRE CARLES, ampliamente identificados en autos, a favor del adolescente ALISKAIR MAESTRE GALVIZ, hijo de ambos, y por cuanto el salario mínimo para este momento está fijado en la cantidad de cuatrocientos sesenta y cinco mil setecientos cincuenta bolívares (465.750,00), según Gaceta Oficial N° 38.371 de fecha 02 de febrero de 2006, en consecuencia, se Aumenta la obligación Alimentaria fijada a la.....