Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por divorcio fue intentada por el ciudadano JUAN CARLOS MENDOZA ROSALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.827.583, contra su cónyuge ciudadana MAYERLING JOANNY BLANCO MARCANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.666.021, fundamentado su acción en la causal segunda (2°) del artículo 185 el Código Civil. En consecuencia, disuelto el Matrimonio Civil celebrado en fecha "09 de diciembre de 1.992", por ante el Registro Civil del Municipio Zamora del Estado Aragua, asentada bajo el Nº 207. Notifíquese a las partes de la presente decisión.