este Tribunal Superior, da por DESISTIDO el procedimiento respecto a la Solicitud de Amparo Constitucional interpuesta conjuntamente con Medida Cautelar Innominada, por el Ciudadano Abogado: José Rafael Córdova Córcega, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.025.080, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 9.338, actuando como Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil PLUMROSE LATINOAMERICANA, C.A., contra el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores de los Estados Aragua, Guárico y Apure, por haber violado y conculcado Derechos Constitucionales, los Ciudadanos: Ámbar Suárez, Oscar Escalona y Edgar Cardozo, Funcionarios adscritos a dicho ente; en consecuencia, por cuanto no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, le imparte la HOMOLOGACION de conformidad con lo establecido en el Artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales en concord.....