En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN, con autoridad de cosa juzgada, al desistimiento del Recurso de Casación de fecha 10.12.2008 (f. 32 de la 3ª pieza), suscrita por el ciudadano Fausto Pascual Rey, asistido por los abogados Jessica Vivas y Clemente López, en su carácter de representante de la parte demandada, sociedad mercantil P.R. AIRE ACONDICIONADO C.A., en el juicio que por Cobro de Bolívares sigue la sociedad mercantil METALÚRGICA LA TORRE DEL TEIDE, C.A. contra la sociedad mercantil PR AIRE ACONDICIONADO C.A., por ante este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial y de la cual conoce en apelación este Tribunal Superior.
SEGUNDO: Se Condena en Costas.....