III. DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudenciales expuestas ut supra, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Hecho formulado por la parte actora, los ciudadanos Abg. HORACIO OCANDO ANGULO, Abg. MAIBI LISSET RONDÓN FINAMOR y Abg. LISBETH WICTTORFF MONTERO, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 4.416, 61.997 y 125.919 respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil Outsourcing S.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en fecha 22 de diciembre de 2000, anotado bajo el N° 48, Tomo 63-A contra el auto de fecha 02 de febrero de 2010 dictado por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo C.....