En virtud de las precedentes consideraciones, este Juzgado Agrario Superior de las Circunscripciones Judiciales de los estados Aragua y Carabobo, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.-COMPETENTE para conocer la solicitud de SERVIDUMBRE DE PASO interpuesto por el ciudadano Franklin Cornelio Pérez Colina, titular de la cédula de identidad N° 7.294.431, actuando con el carácter de Presidente del INSTITUTO DE FERROCARRILES DEL ESTADO (I.F.E.), según designación realizada mediante Resolución N° 118 de fecha 18 de junio del año 2009, Gaceta Oficial N° 39.203 de la misma fecha, asistido por el abogado Heraclio José Pernía Rea titular de la cedula de identidad Nº V-12.434.965, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 147.538.
2.-ADMITE la presente la solicitud de SERVIDUMBRE DE PASO conforme a lo establecido en los artículos 160, 161, y 162 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, y en c.....