DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal 6to de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: ADMITE LA ACUSACIÓN PRESENTADA POR LA FISCALÍA 6° DEL MINISTERIO PUBLICO, en contra del ciudadano JESUS ALFREDO PEDRA OLIVO (ya identificado), por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD FRUSTRADO, previsto y sancionado en el Artículo 453 ordinal 3°, en concordancia con el Artículo 84 y el segundo aparte del Artículo 84, todos del Código Penal; SEGUNDO: CONDENA al ciudadano JESUS ALFREDO PEDRA OLIVO (ya identificado), a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISIÓN, por haber sido encontrado culpable de la comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD FRUSTRADO, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinal 3°, en concordancia con el Artículo 84 y el segundo aparte del Artículo 80, todos del Código Penal, pena ésta que .....