DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la Inhibición presentada por la Doctora ARACELYS SALAS VISO, Juez Vigésima Séptima de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, todo de conformidad con los artículos 86, numeral 7, y 87 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.