Por todo lo anteriormente expuesto, quien aquí decide como Juez Presidenta de esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ADMITE la prueba testimonial del ciudadano WILLIAM COLLINS, titular de la cédula de identidad N° 6.962.462, quien se desempeña como Alguacil de este Circuito Judicial Penal, ofrecida por los Abogados MIGUEL ANGEL RHODE U. y ALEJANDRO DOPICO C., en su carácter de defensores de los ciudadanos LUZ STELLA JARAMILLO MURILLO, MARIA LIBRADA OSPINA CORTES y JUAN CARLOS ROMERO RUIZ.
SEGUNDO: INADMITE la prueba documental promovida por los recusantes, contentiva del escrito de Acusación Fiscal, en virtud que no fue consignada a la presente incidencia ni cursa en actas.
TERCERO: Se fija para el día martes 24 de mayo de 2011, a las 11:00 de la mañana, la evacuaci.....